¿Se puede llamar a empresas para vender? Lo que dice la ley en 2026
Llamadas comerciales a empresas y a autónomos en España: qué cambió con la Ley General de Telecomunicaciones, la lista Robinson, el interés legítimo y buenas prácticas para no recibir una sanción.
Equipo editorial de IberiaData · 19 de octubre de 2026 · 2 min de lectura
Desde que en 2023 entró en vigor el derecho a no recibir llamadas comerciales no deseadas, mucha gente cree que llamar para vender está prohibido. No es así, pero las reglas cambiaron y conviene conocerlas, sobre todo si tus clientes son autónomos.
Este artículo es información general, no asesoramiento jurídico. Si vas a montar una campaña grande, consúltalo con un especialista en protección de datos.
Qué cambió
La Ley 11/2022 General de Telecomunicaciones reconoce a los usuarios finales que son personas físicas el derecho a no recibir llamadas comerciales no deseadas, salvo que hayan dado su consentimiento o que la llamada pueda basarse en otra base legal del RGPD, como el interés legítimo. Se aplica desde junio de 2023.
Llamar a empresas (personas jurídicas)
Una SL o una SA no es una persona física. Llamar a la centralita o al teléfono de una empresa para ofrecer un producto relacionado con su actividad es práctica habitual y no tiene las mismas restricciones. Aun así:
- Identifícate al principio de la llamada: quién eres y de qué empresa.
- No llames desde números ocultos.
- Si te piden no volver a llamar, respétalo.
Llamar a autónomos
Aquí está el matiz. Un autónomo es una persona física. Para llamarle con fines comerciales necesitas una base legal:
- Consentimiento, si te lo ha dado.
- Interés legítimo, que el RGPD admite para la mercadotecnia directa siempre que hagas una ponderación: que tu oferta esté relacionada con su actividad profesional, que le informes de quién eres y de cómo oponerse, y que no prevalezcan sus derechos.
La LOPDGDD añade una pieza importante: el tratamiento de los datos de contacto de empresarios individuales y profesionales se presume lícito cuando se refiere a ellos en esa condición y no para relacionarte con ellos como particulares (artículo 19).
En la práctica, para llamar a un autónomo por su actividad profesional:
- Consulta la lista Robinson y excluye a quien esté inscrito.
- Ofrece algo relacionado con su negocio, no con su vida personal.
- Al principio de la llamada, di quién eres y cómo puede pedir que no le llames más.
- Registra las bajas.
Lo que se sanciona
La AEPD sanciona sobre todo: llamar a personas que se han opuesto, no atender la baja, llamar a números de la lista Robinson y no saber explicar de dónde salió el dato. Por eso conviene trabajar con datos de origen claro y guardar ese origen.
Buenas prácticas que además venden más
- Llama poco y bien. Diez llamadas a empresas que encajan valen más que cien a ciegas.
- Horario razonable. De 9:30 a 13:30 y de 16:00 a 19:00, entre semana.
- Primera frase útil. Si en diez segundos no saben por qué les llamas, cuelgan.
Resumen
| Destinatario | ¿Se puede llamar? | Qué hacer |
|---|---|---|
| Empresa (SL, SA) | Sí, con buenas prácticas | Identificarse y respetar bajas |
| Autónomo, por su actividad | Con base legal | Interés legítimo, lista Robinson, bajas |
| Particular | Muy restringido | Consentimiento |
Preguntas frecuentes
¿Es ilegal llamar a una empresa para ofrecerle un servicio?+
Llamar a una persona jurídica para ofrecer algo relacionado con su actividad no está prohibido. Las restricciones más fuertes son para llamadas a personas físicas, incluidos los autónomos.
¿Tengo que consultar la lista Robinson para llamar a autónomos?+
Sí, es la práctica que exige la normativa de protección de datos para campañas a personas físicas: excluir a quienes se han inscrito para no recibir publicidad.
¿Qué pasa si alguien me pide que no le vuelva a llamar?+
Tienes que respetarlo y anotarlo para que nadie de tu empresa vuelva a llamarle.
Escrito y revisado por el equipo editorial de IberiaData. Última actualización: 19 de octubre de 2026. Si ves algún dato desactualizado, avísanos.