Cómo calcular los intereses de demora de una factura (con ejemplo)
Fórmula, tipo legal del segundo semestre de 2026 (10,40 %), los 40 € por costes de cobro y un ejemplo resuelto paso a paso para reclamar una factura vencida.
Equipo editorial de IberiaData · 23 de octubre de 2026 · 5 min de lectura
Cuando una factura entre empresas vence y no se paga, empieza a generar intereses ese mismo día, aunque no hayas dicho nada. Mucha gente no los reclama porque no sabe calcularlos o porque le parece una cifra pequeña. Con los números delante suele cambiar de idea, y el deudor también: una reclamación que incluye intereses y costes de cobro bien calculados se toma más en serio que un «¿me pagáis, por favor?».
Qué dice la ley, en cuatro líneas
La Ley 3/2004 de lucha contra la morosidad regula los pagos entre empresas y autónomos que actúan en su actividad profesional (no se aplica a consumidores):
- Mora automática (art. 5): el deudor incurre en mora por el mero hecho de no pagar a tiempo. No hace falta requerimiento previo.
- Tipo legal (art. 7): si el contrato no fija otro, es el tipo de la operación principal de financiación más reciente del Banco Central Europeo más ocho puntos. Hacienda lo publica cada semestre en el BOE.
- 40 € por costes de cobro (art. 8): una cantidad fija que se añade «en todo caso y sin necesidad de petición expresa». Si acreditas costes mayores (un abogado, una agencia), puedes reclamar también la diferencia.
- Plazo de pago (art. 4): sin pacto, 30 días naturales desde la entrega o el servicio; con pacto, nunca más de 60.
El tipo que toca ahora: 10,40 %
Para el segundo semestre de 2026 (del 1 de julio al 31 de diciembre), el tipo legal de interés de demora en operaciones comerciales es el 10,40 %. Lo fija la Resolución de 30 de junio de 2026 de la Secretaría General del Tesoro, publicada en el BOE del 1 de julio: el BCE aplicó un 2,40 % en su última operación principal del semestre anterior, y 2,40 + 8 = 10,40.
Este tipo cambia cada seis meses. Antes de enviar una reclamación, busca en el BOE «tipo legal de interés de demora operaciones comerciales» y el semestre que te interesa. Si los días de retraso caen en dos semestres, cada tramo va con su tipo.
La fórmula
Intereses = importe adeudado × tipo anual × días de retraso ÷ 365
Tres decisiones antes de ponerte con la calculadora:
- Desde qué día. Desde el día siguiente al vencimiento. Si la factura vencía el 31 de agosto, el primer día de mora es el 1 de septiembre.
- Hasta qué día. Hasta el pago o, si aún no ha pagado, hasta la fecha de tu reclamación. En la carta di que los intereses siguen corriendo hasta el pago efectivo.
- Sobre qué importe. La ley habla de la cantidad adeudada. En la práctica se suele calcular sobre el total de la factura, IVA incluido. Si el importe es alto o hay pagos parciales, confírmalo con tu asesor.
La ley no fija si el año es de 365 o 360 días. Usar 365 es lo habitual y lo más difícil de discutir.
Ejemplo resuelto
Una carpintería de Zaragoza monta el mobiliario de una tienda el 1 de agosto de 2026. No pactaron plazo de pago, así que se aplica el legal de 30 días: la factura de 2.420 € (2.000 € más IVA) vence el 31 de agosto. El cliente paga el 30 de noviembre.
| Concepto | Cálculo | Importe |
|---|---|---|
| Días de retraso | 1 sep - 30 nov (30 + 31 + 30) | 91 días |
| Interés diario | 2.420 × 10,40 % ÷ 365 | 0,69 € |
| Intereses de demora | 2.420 × 0,104 × 91 ÷ 365 | 62,75 € |
| Costes de cobro | Cantidad fija, art. 8 | 40,00 € |
| Total a reclamar además del principal | 102,75 € |
Si fueran tres facturas vencidas del mismo cliente, lo habitual es reclamar los 40 € por cada una: 120 € solo en costes de cobro, más los intereses de cada factura calculados con su propia fecha de vencimiento.
Cuando el retraso cruza de semestre
Si una factura vencía el 15 de junio de 2026 y se paga el 14 de agosto, tienes 15 días en el primer semestre (del 16 al 30 de junio) y 45 en el segundo (del 1 de julio al 14 de agosto). Los 45 días van al 10,40 %. Para los 15 de junio necesitas el tipo del primer semestre de 2026, que se publicó en su propia resolución del BOE. Calcula cada tramo por separado y suma.
Una hoja de cálculo de cinco columnas
Si reclamas a menudo, prepara una plantilla con estas columnas por factura:
- Número y total de la factura.
- Fecha de vencimiento.
- Fecha de pago o de cálculo.
- Días:
=fecha_cálculo - fecha_vencimiento. - Intereses:
=total * tipo * días / 365.
Añade una fila de 40 € por factura y otra con el tipo usado y el enlace a la resolución del BOE. Cuando adjuntes el cálculo a tu reclamación, el deudor podrá comprobar cada cifra.
Cómo usar el cálculo para cobrar
Los intereses no suelen ser el objetivo: el objetivo es el principal. Pero ponerlos por escrito tiene efecto. Algunas formas de usarlos:
- En el recordatorio formal, indica el importe principal, los intereses devengados a fecha de hoy, los 40 € por factura y que los intereses siguen corriendo.
- Como moneda de negociación. Ofrecer renunciar a intereses y costes si paga el principal en una fecha concreta suele desbloquear pagos atascados. Déjalo por escrito.
- En el requerimiento previo a la vía judicial, con el desglose completo. Desde abril de 2025, con la Ley Orgánica 1/2025, en la mayoría de demandas civiles hay que acreditar un intento previo de negociación, así que conviene que ese escrito sea claro y verificable.
Lo explicamos paso a paso en nuestra guía para reclamar una factura impagada a una empresa. Y si el problema es que ya no localizas al cliente, empieza por cómo localizar a un deudor.
Errores que restan credibilidad
- Usar un tipo de otro semestre. Es lo primero que revisará el abogado del deudor.
- Contar desde la fecha de la factura en lugar de desde el vencimiento.
- Reclamar intereses a un consumidor con la ley de morosidad. Para particulares no se aplica la Ley 3/2004.
- Inflar la cifra con recargos que no están en el contrato ni en la ley. Lo que no puedas justificar debilita todo lo demás.
Si la deuda es importante o el cliente discute la factura, un abogado te dirá cómo encaja tu caso en el recobro de deudas por vía judicial. Para el cálculo, basta con la fórmula, la fecha correcta y el tipo publicado en el BOE.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el tipo de interés de demora entre empresas en el segundo semestre de 2026?+
El 10,40 %, según la Resolución de 30 de junio de 2026 de la Secretaría General del Tesoro publicada en el BOE del 1 de julio de 2026. Se aplica del 1 de julio al 31 de diciembre de 2026.
¿Desde cuándo se cuentan los intereses de demora?+
Desde el día siguiente al vencimiento de la factura. La Ley 3/2004 dice que el deudor incurre en mora automáticamente, sin necesidad de aviso previo.
¿Los 40 euros se cobran aunque no los haya pedido?+
Sí. La ley dice que se añaden en todo caso y sin necesidad de petición expresa. Lo habitual es reclamarlos por cada factura vencida, además de los intereses.
¿Puedo cobrar más intereses si los pacto en el contrato?+
El contrato puede fijar otro tipo, pero una cláusula manifiestamente abusiva en perjuicio del acreedor es nula. Si no hay pacto, se aplica el tipo legal.
Escrito y revisado por el equipo editorial de IberiaData. Última actualización: 23 de octubre de 2026. Si ves algún dato desactualizado, avísanos.