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Ventas B2B y CRM

Lista Robinson: cómo consultarla y cuándo es obligatoria

Quién debe consultar la Lista Robinson, si afecta a llamadas a empresas o solo a autónomos, cómo se hace la consulta, cuánto cuesta y cada cuánto repetirla.

Equipo editorial de IberiaData · 26 de octubre de 2026 · 5 min de lectura

Teléfono fijo con cable sobre una mesa
Foto: Unsplash

La Lista Robinson sale en cualquier conversación sobre llamadas comerciales, casi siempre mal explicada. Hay quien cree que solo afecta a las grandes operadoras y quien pasa por ella cada número de su CRM, incluidas centralitas de sociedades anónimas. Ni lo uno ni lo otro. Aquí va lo práctico: a quién obliga, a quién protege y cómo se consulta paso a paso.

Información general, no asesoramiento jurídico. Las tarifas y condiciones de la lista pueden cambiar: compruébalas en las fuentes enlazadas.

Qué es y quién la gestiona

La Lista Robinson es un sistema de exclusión publicitaria gestionado por Adigital, la Asociación Española de Economía Digital. Cualquier persona física puede inscribirse gratis e indicar por qué canales no quiere recibir publicidad de empresas con las que no tiene relación: teléfono, SMS/MMS, correo electrónico y correo postal. La propia web avisa de que la inscripción puede tardar hasta dos meses en ser plenamente efectiva.

Cuándo es obligatorio consultarla

La obligación está en el artículo 23.4 de la LOPDGDD: quien quiera hacer comunicaciones de mercadotecnia directa debe consultar antes los sistemas de exclusión publicitaria que puedan afectarle y excluir a quienes se hayan opuesto. La ley da la obligación por cumplida si consultas los sistemas incluidos en la relación que publica la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).

Solo hay una excepción en el propio artículo: que la persona te haya dado su consentimiento para recibir tus comunicaciones. La AEPD recuerda además que estar inscrito no impide recibir publicidad de empresas de las que ya se es cliente (blog de la AEPD).

La AEPD también lo exige en su Circular 1/2023 sobre llamadas comerciales: cuando la llamada se apoya en el interés legítimo, hay que consultar antes los sistemas de exclusión. Esa circular desarrolla el derecho a no recibir llamadas comerciales no deseadas del artículo 66.1.b de la Ley General de Telecomunicaciones.

¿Afecta a llamadas a empresas o solo a autónomos?

Es la duda más frecuente en ventas B2B. La LOPDGDD protege datos de personas físicas, y la Lista Robinson solo admite personas físicas. Eso deja el mapa así:

A quién contactas ¿Pasar por la Lista Robinson?
Sociedad (SL, SA) por su centralita o email genérico No puede estar inscrita como tal; respeta las bajas que te pidan
Autónomo, por su actividad profesional Sí, antes de cada campaña
Empleado con nombre y apellidos (móvil o email nominativo) Muy recomendable: es una persona física
Persona que te dio su consentimiento No hace falta

En la práctica, la frontera es borrosa. En una microempresa, el «teléfono de la empresa» suele ser el móvil del dueño. En nuestro informe de 492.000 pymes y autónomos, el 49,9 % de los registros son autónomos y el 92,9 % de los teléfonos son móviles. Por eso muchos equipos pasan por la lista toda la base, salvo las centralitas claramente corporativas.

Ojo con el email: aunque un contacto no esté en la Lista Robinson, la LSSI sigue prohibiendo el email comercial no solicitado, también a sociedades. Lo explicamos en la guía de email frío a empresas y LSSI. Las reglas generales para llamar están en ¿Se puede llamar a empresas para vender?.

Cómo se consulta, paso a paso

  1. Date de alta como entidad en la zona de empresas de la Lista Robinson: formulario, aceptación de las condiciones generales y validación.
  2. Prepara el fichero. Exporta los teléfonos (o emails, o direcciones) que vas a usar en la campaña a un CSV con el formato que pide la herramienta según el canal.
  3. Sube el fichero o usa la API. Adigital devuelve otro CSV con el resultado. También puedes conectar tu propio sistema a su API o encargar la consulta a un proveedor.
  4. Elimina los registros inscritos de la campaña y marca en tu CRM que no se les contacta por ese canal.
  5. Guarda la prueba: fecha de la consulta, fichero consultado y resultado. Si la AEPD pregunta, tendrás que demostrar que lo hiciste.

Según las condiciones publicadas, cada consulta vale un mes. Si llamas todas las semanas, repítela al menos una vez al mes y siempre antes de una campaña nueva.

Cuánto cuesta

Cuando escribimos este artículo, Adigital publica una modalidad gratuita para micro y pequeñas empresas que consultan hasta 30.000 registros al año. Por encima hay tarifas anuales que empiezan en 1.900 € más IVA para microempresas y suben según el tamaño y el volumen. Para una gestoría o un instalador que llama a unos cientos de autónomos al mes, la modalidad gratuita suele bastar. Revisa los precios vigentes antes de darte de alta.

No es la única lista

El artículo 23 habla de «sistemas de exclusión», en plural. La AEPD acordó publicar la Lista Stop Publicidad, promovida por la Asociación Española para la Privacidad Digital, con efectos desde el 31 de enero de 2025 (resolución de la AEPD). Si la relación de sistemas que publica la AEPD incluye más de uno, la obligación de consulta alcanza a todos. Compruébalo en la web de la AEPD antes de cada campaña grande.

Tu propia lista de bajas

La Lista Robinson no sustituye a tu registro interno. Si alguien te dice por teléfono «no me volváis a llamar», tienes que anotarlo y respetarlo aunque no esté inscrito. Y si te pide que no uses sus datos para publicidad, el artículo 23.3 te obliga a informarle de los sistemas de exclusión que existen.

Un detalle de octubre de 2026: la Resolución de 14 de abril de 2026 obliga a las empresas incluidas en la Ley 10/2025 de servicios de atención a la clientela a hacer sus llamadas comerciales desde números que empiezan por 400. Esa ley se dirige a suministros básicos y grandes empresas que venden a consumidores; si eres una pyme que vende a otras empresas, revisa su artículo 2 antes de dar por hecho que te afecta o que no.

Lo mínimo para no equivocarte

  • Pasa por la Lista Robinson a todos los autónomos y contactos con nombre antes de cada campaña.
  • Repite la consulta cada mes si la campaña sigue viva.
  • Comprueba en la AEPD si hay más sistemas publicados.
  • Lleva tu lista de bajas y guarda la prueba de cada consulta.
  • Para el email, la Lista Robinson no basta: manda la LSSI.

Si trabajas con datos de origen claro y segmentados por tipo (sociedad o autónomo), filtrar es cuestión de minutos. Es lo que hacemos en ventas B2B con IberiaData.

Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio consultar la Lista Robinson antes de llamar a autónomos?+

Sí. El artículo 23.4 de la LOPDGDD obliga a consultar los sistemas de exclusión publicitaria antes de hacer mercadotecnia directa a personas físicas, y un autónomo lo es. Solo te libra el consentimiento previo de esa persona para recibir tus comunicaciones.

¿Una empresa puede inscribirse en la Lista Robinson?+

No. La inscripción está abierta a personas físicas. Una SL o una SA no puede apuntarse, aunque sus empleados sí pueden inscribir sus propios datos.

¿Cada cuánto hay que consultarla?+

Según las condiciones de Adigital, cada consulta tiene una vigencia de un mes. Si haces campañas continuas, repite la consulta al menos una vez al mes y antes de cada campaña nueva.

¿Cuánto cuesta consultar la Lista Robinson?+

Adigital publica una modalidad gratuita para micro y pequeñas empresas que consultan hasta 30.000 registros al año y tarifas anuales de pago por encima. Comprueba los precios vigentes en listarobinson.es.

Escrito y revisado por el equipo editorial de IberiaData. Última actualización: 26 de octubre de 2026. Si ves algún dato desactualizado, avísanos.

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